Monday, September 7, 2009

Como cobrar el paro en España después de haber trabajado en el extranjero

Hace un par de semanas me puse en contacto con el INEM por email y les pregunté si no había manera alguna de cobrar el paro en España después de haber trabajado 6 años en países de la UE (en Francia y Reino Unido), aunque ninguno en España. La respuesta fue la siguiente:

"Pueden acceder a la protección por desempleo los trabajadores españoles que retornan a España por extinguírseles la relación laboral en el extranjero, siempre que no obtengan prestación por desempleo en dicho país y acrediten cotización suficiente antes de su salida de España.

La duración de la prestación por desempleo se determinará en este caso en función de los períodos de ocupación cotizada correspondientes a los seis años anteriores a su salida de España.

La solicitud de la prestación por desempleo debe formularse en el plazo de los 15 días siguientes a la fecha del retorno.

Si la solicitud de prestaciones se tramita transcurrido el período de 15 días hábiles, se entiende que la misma se ha realizado fuera de plazo. En este caso la prestación se iniciará el día en que se realiza la solicitud de la prestación.

De la duración de la prestación se descuentan tantos días como hubieran transcurrido desde el momento en que hubiera nacido el derecho (de haberse tramitado en tiempo y forma) y el día en que efectivamente se ha formulado la solicitud.

Para el caso de que no tuviera cotizaciones suficientes antes de su salida de España para acceder a una prestación por desempleo o subsidio, para poder acceder a la protección por desempleo deberá acceder a un nuevo empleo en España tras el retorno.

Al producirse la pérdida de este último empleo podrá acceder a la prestación de desempleo computándose para ello los períodos cotizados a desempleo (incluyendo los períodos generados en Reino Unido y Francia) siempre que se encuentren cotizados en los 6 años inmediatamente anteriores a este último cese."

La verdad es que me parece totalmente estúpido que para cobrar el paro correspondiente a los meses trabajados en el extranjero tengas que trabajar, digamos, un día en España a la vuelta. ¿Qué sentido tiene? ¿Qué cambia el hecho de trabajar un día en España? En fin, si estás en esta situación, no te queda más que resignarte.

19 comments:

Anonymous said...

He trabajado 10 anos en Londres como tripulante de cabina, en los ultimos 3 he vivido en Berlin, cotizando en Inglaterra. Posiblemente mi compania cierre en dos meses. Antes de irme a Londres trabaje en Espana pero mi sueldo era muy inferior. En mi DNI aun consta que vivo en Espana (aunque una vez recibi correo electoral en Berlin) y pienso que sigo registrado (empadronado?) en Londres. Es posible solicitar el paro en Espana y cobrarlo viviendo en Berlin durante mas de tres meses, fichando en internet? Cobrare el paro conforme a mis
diez anos en Londres o solo mis anos en espana? Perderia mi seguridad social (NHS) del Reino Unido (fijada hasta mediados de 2010)? Darko

Ramon Guiu said...

Para tener derecho a paro por los años trabajados en Inglaterra, deberás trabajar al menos un día en España una vez se acabe tu contrato y presentar los documentos de la baja del trabajo en España y el e301 por los años cotizados en Inglaterra.

Legalmente, para poder cobrar el paro en España tienes que residir en el país. Se puede cobrar el paro en el extranjero únicamente durante 3 meses. De manera ilegal sí que podrías cobrar el paro viviendo en el extranjero (aunque constando como residente en España con dirección en España) y fichando por internet, pero ten en cuenta que te pueden convocar para entrevistas de orientación laboral o cursos de formación, aunque al parecer no es muy habitual.

Anonymous said...

Gracias por la informacion?

Es posible empadronarse en Espana, estando empadronado en Berlin para poder cobrar el paro? Yo estoy registrado aqui porque tengo un piso de propiedad.

Darko

Ramon Guiu said...

Para cobrar el paro no creo que tengas que estar empadronado en España pero sí necesitas una dirección en el país donde recibir el correo.

Anonymous said...

Muchas gracias otra vez... Espero que mi compania en Londres no cierre finalmente...

Es posible reclamar los impuestos pagados en los ultimos 10 anos en el Reino Unido, viviendo en Alemania? Debido a que soy tripulante de cabina no paso suficiente tiempo en Alemania o el Reino Unido para en teoria haber de pagar impuestos en esos paises...

Darko

Anonymous said...

Hola, he trabajado casi dos anyos en londres y ahora quiero volver a Espanya y cobrar el paro pero en Espanya solo he trabajado como autonoma, nunca en nomina, eso importa para saber si tengo derecho al subsidio o no? muchas gracias

Anonymous said...

se puede estar empadronado en Spain viviendo y trabajando en Inglaterra, con piso en propiedad en Espana pero no en Inglaterra?

Ramon Guiu said...

Si eres español y estabas empadronado en España, creo que sigues empadronado allí (puedes votar en las elecciones municipales) aunque vivas en el extranjero. Aunque esto te lo explicarán mejor en el consulado.

Anonymous said...

yo me pregunto , puedes trabajar en inglaterra contratado y cobrar lo que queda de paro sin que tenga problemas?? ya se que no se deberia de hacer pero estoy en el paro y no encuentro trabajo aqui en españa y lo mas seguro que haya encontrado curro en londres,¿ en españa sabran si estoy trabajando en el extranjero?

Ramon Guiu said...

Casi seguro que no lo sabrán. Por no saber, no sabrán ni que estás en el extranjero (a no ser que te registres en el consulado).

Anonymous said...

Me pueden detectar si ficho el paro por internet desde fuera de España

Ramon Guiu said...

Por poder prodrían, pero es demasiado costoso de comprobar completamente, así que no lo hacen.

Andrew said...

Soy el director de English Metas, una escuela de inglés para profesionales, www.englishmetas.com. Tenemos dos iniciativas nuevas para confrontar la crisis economica. Creemos que todos los profesionales en el paro tienen un valor tremendo para añadir a la sociedad y por eso crear espacios donde se puede promocionar sus actividades a traves de la mejora de su red profesional.

La primera es un trueque que consiste del intercambio de la formación de inglés a cambio de un proyecto creado por el profesional que puede añadir valor a English Metas; ver el video informativo http://www.youtube.com/watch?v=v4ohfsMbZLA.

La segunda iniciativa es con el restaurante Fresc Co, www.frescco.es, donde ofrecemos un profesor de inglés totalmente gratis. La idea es aprovechar del espacio y buen ambiente para agrupar profesionales para aumentar su red profesional/social, negocios y inglés. Ver el video informativo http://www.youtube.com/watch?v=aF6KtUPNFqk&feature=related.

Por favor, comentalo a cualquiera persona que podría aprovechar de nuestras iniciativas.

Por cualquier cuestion, no dudes en contactarme al funk@englishmetas.com.

Saludos,
Andrew Funk

Anonymous said...

Hola llevo trabjando casi 4 anos aqui en inglaterra , pero estoy empadronado en espana, ahora quiero volver a espana , antes de vinir aqui solo tenia un ano cotizado alli en espana .

Puedo cobrar el paro en espana con los anos que tengo cotizados en inglaterra ? si alguien tiene una respuesta porfavir contestarme a olilla20@hotmail.com

Jordi said...

Interesante artículo, muy útil! Mi pregunta es, qué documentos deben presentarse en España? Ahora mismo estoy trabajando en Dinamarca pero mi contrato terminará en julio y no quiero que me pongan problemas con que me falta este papel o el otro y tener que andar esperando a que lleguen las cosas de un sitio a otro.

Aparte, en Dinamarca, documentos en .pdf tienen validez y me imagino que en España, si no son sellados, nada de nada...

Gracias

Ramon Guiu said...

Hola Jordi,

El único papel que te van a pedir para justificar los años cotizados en otro país de la UE es el e-301 (puedes llevar las últimas nóminas por si acaso también). También deberías conseguir el e-104 que te servirá para la jubilación.

Anonymous said...

Llevo seis años sin trabajar. Desde hace tres meses empece a trabajar y me han despedido por falta de actividad en la empresa. En el INEM me dicen que no tengo derecho al paro pues no tengo cotización en los últimos 6 años. Aunque llevaba más de 15 años trabajados antes. ¿pierdo el paro que tenía del trabajo anterior?

Anonymous said...

Hola, yo estoy cobrando el paro en España (me quedan 6 meses) y me salio un trabajo en Alemania.
Supongamos que continuo cobrando el paro y trabajando en Alemania por 2 años y luego regreso a España y pretendo cobrar el paro por los años trabajados en Alemania.
Tendría problemas teniendo en cuenta que podrían ver que hay 6 meses donde cobraba el paro y además trabajaba en Alemania o no se enterarían?
Gracias

Anonymous said...

Hola, me llamo Daniel y agradecería cualquier aclaración sobre el siguiente tema,

Me marcho a inglaterra en verano, mi intención es hacer algún curso de Inglés y luego buscar trabajo allí, puesto que aquí no lo encuentro. En estos momentos estoy cobrando la prestación por desempleo y pienso seguir cobrandola en mi estancia en inglaterra hasta que encuentre trabajo, la cuestión es, si una vez que encuentreun trabajo, para paralizar el paro en España, cómo lo tengo que hacer? tengo que venir hasta aquí o lo puedo solicitar por internet. Mucha Grácias.

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